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Sánchez Gordillo declara este jueves como imputado ante el TSJA por la ocupación de Las Turquillas

La causa contra Sánchez Gordillo y otros 53 militantes y simpatizantes del Sindicato Andaluz de Trabajadores (SAT), entre los que se encuentra su secretario general, Diego Cañamero

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  • Sánchez Gordillo -

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha citado a declarar como imputado por un presunto delito de usurpación este próximo jueves día 4 de abril al parlamentario andaluz de IU y alcalde de Marinaleda (Sevilla), Juan Manuel Sánchez Gordillo, por la ocupación el pasado verano de la finca 'Las Turquillas' en Osuna (Sevilla), donde se ubica la Yeguada Militar del ejército.

   En este sentido, fuentes judiciales han informado a Europa Press de que ha sido el magistrado del Alto Tribunal andaluz Jerónimo Garvín el encargado de abrir las diligencias por dicho presunto delito de usurpación contra el parlamentario de IU, cuya declaración, hasta el momento, se mantiene para el próximo jueves a pesar de coincidir con la celebración del pleno del Parlamento de Andalucía.

   La causa contra Sánchez Gordillo y otros 53 militantes y simpatizantes del Sindicato Andaluz de Trabajadores (SAT), entre los que se encuentra su secretario general, Diego Cañamero, la llevaba el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Osuna, pero éste se ha inhibido en favor del TSJA dada la condición de aforado del alcalde de Marinaleda, han añadido las fuentes.

   El Juzgado de Osuna que llevaba la instrucción del caso ya llamó a declarar el pasado mes de noviembre a gran parte de los simpatizantes del SAT, quienes se negaron a declarar, así como al propio Diego Cañamero, que no obstante desoyó la citación y no compareció después de haberse declarado "insumiso" judicial, lo cual, como viene sosteniendo, "no es un empeño ni una chulería", sino un acto de "protesta".

OCUPARON LA FINCA DURANTE 18 DÍAS

   Los 53 militantes del SAT denunciados, junto al parlamentario de IULV-CA Juan Manuel Sánchez Gordillo, ocuparon la finca de Las Turquillas el pasado día 24 de julio y permanecieron allí durante 18 días, hasta que fueron desalojados del lugar.

   El SAT ya apuntó que la finca, dependiente del Ministerio de Defensa, tiene 1.200 hectáreas, la inmensa mayoría en baldío, dado que el Ejército sólo utiliza 20 hectáreas para la Yeguada. Por ello, pidió que "las tierras públicas pasen a concurso para que las cooperativas las puedan adquirir ahora que están en desuso". 

   Hay que recordar que, por medio de un auto conocido el pasado mes de febrero, el TSJA archivó una causa abierta contra Sánchez Gordillo a raíz de su actuación como piquete informativo durante la huelga general del día 29 de marzo de 2012, mientras que, en relación también a su actuación como piquete, derivó una segunda causa al Juzgado de Estepa por la posible existencia de una infracción penal calificada como falta de amenazas leves, para cuyo conocimiento no es competente el TSJA.

OTRAS CAUSAS DE SÁNCHEZ GORDILLO

   La primera de las causas, que fue archivada, se refería a la actuación como piquete del parlamentario andaluz en un instituto de educación secundaria de El Rubio (Sevilla), mientras que la segunda causa, derivada al Juzgado de Estepa, era la relativa a su actuación también como piquete en un supermercado, una oficina de la Diputación de Sevilla, una oficina de empleo, una finca y una tienda de Estepa

   Exceptuando el caso del supermercado, el TSJA asevera que "no es constitutivo de infracción penal afear la conducta a quienes no secundan la huelga ni acudir en masa a los establecimientos abiertos al público sin más arma que la palabra, el ruido o la presencia física, con la finalidad de provocar que los responsables tomen la decisión de cerrar el establecimiento, a menos que, manifestada por éstos la decisión de mantenerse en el puesto de trabajo, el piquete lo impida físicamente o mediante amenazas verosímiles".

   Añade que en los "incidentes" reseñados --y siempre exceptuando el caso del supermercado-- "sólo se advierte la existencia de conversaciones, acompañadas de la presión ambiental típica de un piquete de huelga".

EL CASO DEL SUPERMERCADO DE ESTEPA

   "Más dudas" le suscita al TSJA el caso del supermercado, donde los piquetes se dirigieron y, a su entrada y en presencia de la Guardia Civil, Sánchez Gordillo se entrevistó con el responsable y le instó a cerrar, "previniéndole de que no lo abriera cuando el piquete se marchase", no obstante lo cual el responsable se negó a ello.

   Entonces, Sánchez Gordillo le dijo "como vengamos y esto esté abierto, entramos dentro, esté la Guardia o no esté la Guardia... y además mañana hay huelga general, y pasado, y nosotros estamos organizados, como sindicato... es decir, si no hacéis casos y ahora cerráis, y dentro de media hora tenemos que venir otra vez, mañana, pasado y el otro podemos venir 500 y hacer lo que pensamos hacer. Y es que te tiramos todo lo que hay ahí, porque tiramos todo al suelo y va a tener que poner aquí a trabajar 20 días a la gente... me has entendido, ¿no?".

   Pese a que un testigo y un guardia civil manifestaron que Sánchez Gordillo dijo que si volvía a abrir el establecimiento volverían a "comprar sin dinero", el TSJA señala que la grabación efectuada con videocámara por la Guardia Civil "demuestra sin lugar a dudas que tal manifestación no fue hecha" por el denunciado al responsable del supermercado, "si bien es cierto que, en el exterior del mismo, cuando la conversación de ambos ya había terminado, Sánchez Gordillo sí hizo alusión a esa posibilidad" en palabras al piquete.

DAÑO DE "ESCASA INCIDENCIA"

   Sobre este caso, el TSJA concluye que Sánchez Gordillo "quiso forzar la decisión" del responsable de mantener cerrado el local, "advirtiéndole de manera creíble y verosímil de que, de no hacerlo, en los días siguiente acudirían y causarían desórdenes".

   "Ello comporta la amenaza de la producción de daños con cierta significación económica que sí roza el límite de lo admisible en el contexto de un piquete de huelga", una conducta que "podría constituir todo lo más una falta de amenazas" pero no un delito, ya que, entro otros aspectos, "el daño con que amenazaba, aún siendo verosímil, resulta de escasa incidencia para un establecimiento con un importante volumen de negocio".

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