En segundo lugar, lo que, como alcalde de Baeza manifesté en la rueda de prensa de donde se extrae la información referida, es que en lo único en lo que el juez no ha dado la razón al Ayuntamiento por el traslado de la funcionaria es en la apreciación de la urgencia del trabajo a realizar, y para rebatir dicha información, mostré ante los medios los documentos que prueban que la funcionaria en cuestión fue trasladada el 18 de agosto y que el 20 de agosto ya tenía material para trabajar, en concreto, mostré el recibí firmado por parte de la jefa del servicio de la entrada del material a clasificar dos días después de haber sido trasladada (momento captado en la fotografía que ilustra la noticia). Sin embargo, la frase “Aclara Marín que a Antonia García se le manda al archivo el 18 de agosto y el recibí firmado por la responsable del archivo es del 20 de agosto” no recoge explícitamente este extremo, siendo capital para comprender la posición del Ayuntamiento en el recurso de la sentencia, por lo que ruego que se publique esta aclaración.
Rota
Aclaración de Leocadio Marín sobre información publicada en este medio
En primer lugar, en la información aparecida en el número 156 del Periódico Baeza Información
En segundo lugar, lo que, como alcalde de Baeza manifesté en la rueda de prensa de donde se extrae la información referida, es que en lo único en lo que el juez no ha dado la razón al Ayuntamiento por el traslado de la funcionaria es en la apreciación de la urgencia del trabajo a realizar, y para rebatir dicha información, mostré ante los medios los documentos que prueban que la funcionaria en cuestión fue trasladada el 18 de agosto y que el 20 de agosto ya tenía material para trabajar, en concreto, mostré el recibí firmado por parte de la jefa del servicio de la entrada del material a clasificar dos días después de haber sido trasladada (momento captado en la fotografía que ilustra la noticia). Sin embargo, la frase “Aclara Marín que a Antonia García se le manda al archivo el 18 de agosto y el recibí firmado por la responsable del archivo es del 20 de agosto” no recoge explícitamente este extremo, siendo capital para comprender la posición del Ayuntamiento en el recurso de la sentencia, por lo que ruego que se publique esta aclaración.
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