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Sábado 11/05/2024  

Sevilla

Abren consulta ciudadana previa al cambio del PGOU para regular pisos turísticos

El plazo para participar en este proceso preceptivo para la elaboración de una norma municipal está abierto hasta el próximo 20 de noviembre

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  • Turistas en el Patio Banderas. -

La Gerencia de Urbanismo tomará este miércoles conocimiento de la apertura de la consulta ciudadana previa y preceptiva a la modificación puntual del Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) para la elaboración de una normativa municipal con la que regular las viviendas con fines turísticos en la capital. Dicha participación se articula a través de la web Sevilla.org o en la dirección de correo electrónico consultaspreviasplaneamiento@urbanismo-sevilla.org. El plazo está abierto hasta el próximo 20 de noviembre.

Dado el tiempo transcurrido y la radical transformación de las circunstancias socioeconómicas en que tuvo lugar aquella consulta, debido a las catastróficas consecuencias producidas por la Covid-19 en todos los ámbitos, se considera necesario realizar una nueva consulta previa

Esta consulta ya se hizo en 2018 (concretamente, el plazo venció el 27 de agosto de 2018 y participaron 478 personas, según fuentes municipales) pero “dado el tiempo transcurrido y la radical transformación de las circunstancias socioeconómicas en que tuvo lugar aquella consulta, debido a las catastróficas consecuencias producidas por la Covid-19 en todos los ámbitos, se considera necesario realizar una nueva consulta previa a efectos de recabar la opinión ciudadana en un tema como el de la vivienda turística tan indisolublemente vinculado a la forma de vida de las ciudades”.

La caída del negocio de las viviendas turísticas, como consecuencia del parón del sector, ha obligado a los dueños de estos inmuebles a poner los pisos en el mercado del alquiler convencional. El mapa, por tanto, ha cambiado de manera sustancial. Cabe recordar en este punto que cuando el Ayuntamiento comenzó a plantear una regulación de las viviendas con fines turísticos, el Plan Municipal de Vivienda y Rehabilitación de Sevilla (2018/2023) recogía que existían 1.495 pisos turísticos registrados frente a más de 9.000 no registrados. El índice de presión turística (proporción entre viviendas familiares y turísticas) arrojaba, en el caso del Casco Antiguo, un dato esclarecedor: de cada 10 viviendas en el centro, dos estaban destinadas a fines turísticos.

El Ayuntamiento inicia con la consulta pública los pasos para aprobar inicialmente la modificación del PGOU para elaborar una norma municipal con la que poner orden al mercado de las viviendas turísticas. Lo hace contando, además, con un estudio previo, Estudio sobre la ordenación jurídica de las viviendas con fines turísticos en la ciudad de Sevilla elaborado por la Fundación de Investigación de la Universidad de Sevilla (FIUS), en el que se concluye que “el Ayuntamiento está legitimado a intervenir para la preservación de intereses públicos como la calidad ambiental y del entorno urbano. Intereses públicos que debe proteger por imperativo legal y del planeamiento territorial”.

Entre esas conclusiones, los catedráticos autores del estudio (Javier Sola y Pedro Escribano) señalan que “de adoptarse una regulación municipal, parecería recomendable invocar los dos objetivos que la provocan –frenar la satuación y evitar el desplazamiento residencial- y las razones imperiosas de interés general que los justifican –protección del entorno urbano y política social de promoción del derecho a la vivienda-, que pueden perfectamente vincularse”.     

La regulación de los pisos turísticos ha terminado en los tribunales en no pocas ocasiones. El estudio encargado por el Ayuntamiento afirma, en este sentido, que “el Tribunal de Justicia de la UE ha justificado la necesidad de una medida ciertamente restrictiva, como es la prohibición de una modalidad comercial en una determinada zona de una ciudad, fundamentada en la razón imperiosa de interés general “entorno urbano”. La impronta de la doctrina establecida por esta sentencia marcará la tendencia de actuación de los mismos en la resolución de asuntos futuros asimilables”.

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