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Sevilla

El TS absuelve al jefe de los TEDAX de Sevilla de revelación de secretos

El Tribunal Supremo ha confirmado la absolución del jefe de los TEDAX de la Policía de Sevilla, que fue juzgado por un delito de revelación de secretos por divulgar datos sobre las circunstancias de la muerte de un subordinado con el que había estado enfrentado

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El Tribunal Supremo ha confirmado la absolución del jefe de los TEDAX de la Policía de Sevilla, que fue juzgado por un delito de revelación de secretos por divulgar datos sobre las circunstancias de la muerte de un subordinado con el que había estado enfrentado.

La Sala de lo Penal del Supremo, en una sentencia a la que ha tenido acceso Efe, confirma la absolución dictada por la Audiencia de Sevilla y desestima todos los motivos de recurso interpuestos por el Sindicato Unificado de Policía (SUP) y la familia del agente fallecido.

El mando policial J.M.S.V. se enfrentó a una petición del fiscal de dos años de cárcel por remitir a los correos electrónicos de agentes y grupos de desactivación de explosivos (TEDAX) de toda España un oficio de la Policía sobre la muerte de J.A.D. el 30 de septiembre de 2007.

Este agente falleció de un infarto en un hotel de Huelva tras una enfermedad depresiva, y el acusado divulgó, junto con la nota informativa, el atestado policial que daba cuenta del hallazgo en la mesilla de noche de un paquete, posiblemente de cocaína, y objetos utilizados por consumidores de droga.

Ahora, el Supremo dice que la Sección Cuarta de la Audiencia de Sevilla "interpretó y aplicó correctamente" los preceptos relativos al caso y añade que "no es posible argumentar sobre la base de hechos probados distintos a los contenidos en la sentencia".

El Supremo explica que la aparición de sustancias cerca del cadáver ya había sido notificada "a los superiores jerárquicos, a los jefes de brigada y a los comisarios de distrito y locales, y a nivel interno estaba a su disposición en el sistema informático de la Policía".

Por tanto, "no puede achacarse a una intención de desacreditar si esa misma información, ya conocida en numerosos ámbitos internos, era además comunicada al Comisario Jefe de la Unidad Central", añade la sentencia.

La sentencia de la Audiencia añadía que el acusado, al remitir el correo a los TEDAX comunicando el fallecimiento del subinspector jubilado, lo hizo "sin percatarse de que también remitía el archivo con la información policial", por lo que ahora el Supremo no puede "modificar los hechos que el tribunal declaró probados de forma razonada" y asegurar que dicho envío se hizo de forma consciente.

El Supremo desestima también la supuesta "incongruencia omisiva" de la sentencia sevillana al no dedicar ninguna fundamentación jurídica a declarar la exención del Estado de responsabilidad civil, pues se trata de una consecuencia de la absolución penal del acusado.

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