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San Fernando

Cerca de 82.000 euros para atender las necesidades básicas de menores

El Ayuntamiento renueva el convenio con la Junta de Andalucía para el programa de Ayudas Económicas a Familias 2015.

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El Ayuntamiento de San Fernando ha firmado en la delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía el convenio para destinar en el municipio isleño una partida de 81.911 euros para ayudas familiares en el ejercicio 2015.

Han sido un total de 15 ayuntamientos de la provincia -de más de 20.000 habitantes-, más la Diputación provincial, los que han renovado el convenio con la Administración autonómica. Estas ayudas -que en total ascienden a 904.952,85 euros- se incrementan este año con respecto al pasado ejercicio, concretamente un 1,4 por ciento más (13.352,85 euros).

De esta forma, la Junta de Andalucía aportará para San Fernando un total de 77.103, 94 euros, mientras que desde el Ayuntamiento isleño se complementa esta cantidad con 4.808,10 euros más.
Desde hace tres años la partida de la Administración andaluza se ha incrementado en más del 50 por ciento.

Las ayudas están diseñadas como una prestación complementaria de los Servicios Sociales Comunitarios y se definen como prestaciones temporales, dinerarias o en especie, de carácter preventivo, que se conceden a las familias para la atención de necesidades básicas de los menores a su cargo, especialmente de crianza y alimentación, cuando carecen de recursos económicos suficientes para ello. Se pueden cobrar durante un periodo máximo de seis meses.

El objetivo de estas ayudas es prevenir, reducir o eliminar los factores que generen situaciones de dificultad social o riesgo para menores, con el fin de favorecer su permanencia e integración en el entorno familiar y social, evitando situaciones de desprotección que pudieran producirse de continuar las mismas circunstancias.

Así pues, pueden ser beneficiarias de estas ayudas aquellas familias con menores a su cargo que carecen de recursos económicos suficientes para atender las necesidades básicas de los y las menores a su cargo, especialmente de crianza y alimentación, higiene, vestido y calzado.

Excepcionalmente, en casos debidamente motivados por las circunstancias de la unidad familiar, podrán incluirse otros como alquiler, suministros básicos de electricidad, gas y agua, así como adquisición de mobiliario y enseres básicos, que directamente incidan en el bienestar del menor.

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