La Confederación de Empresarios de Málaga (CEM) ha solicitado a la delegación provincial de la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía la tramitación simplificada de la evaluación ambiental del plan especial del puerto en el Dique de Levante, donde se proyecta un hotel de cinco estrellas gran lujo con una inversión de 115 millones de euros y una previsión de 1.600 empleos.
CEM, que engloba a 103 asociaciones empresariales y representa a más de 40.000 pymes y autónomos de la provincia de Málaga, apoya la Torre del Puerto por su aportación económica, laboral, social y portuaria a la capital, pues añade un equipamiento de alto nivel que genera una nueva demanda coherente con el liderazgo turístico de la ciudad en el ámbito nacional.
La incorporación de un hotel de cinco estrellas gran lujo, junto al crecimiento del segmento de cruceros y a los sucesivos récords de viajeros y visitantes, permitirá a Málaga avanzar en calidad de alojamiento y convertirse en ciudad-destino para un turismo de alto poder adquisitivo, lo que completará su ya variada oferta.
En el documento de alegaciones, CEM defiende la compatibilidad de la imprescindible protección del medio ambiente con la promoción de un desarrollo económico sostenible, como se consagra en el artículo 1 de la Ley 21/2013, de Evaluación Ambiental.
La Organización hace constar en las alegaciones que la Ley de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental de Andalucía (GICA) otorga a la Gerencia Municipal de Urbanismo, órgano competente para tramitar la modificación urbanística del plan especial del puerto, la potestad de decidir qué tramitación corresponde.
En este sentido, el informe técnico remitido por la Gerencia Municipal de Urbanismo, y firmado por funcionarios públicos (arquitecto municipal, jefe de servicio y jefa de departamento), afirma que legalmente procede el trámite ambiental con una evaluación ambiental estratégica simplificada.
Mismas garantías y seguridad jurídica
La Confederación de Empresarios de Málaga considera igualmente válido el trámite simplificado que el ordinario, pues en ningún caso la aplicación de un procedimiento de mayor duración ofrece mayores garantías y seguridad jurídica que uno más breve.
Ambos ofrecen toda la seguridad jurídica y plenas garantías de control ambiental; y la diferencia radica simplemente en la entidad y complejidad del plan o proyecto objeto de análisis. A modo de ejemplo, no se necesita el mismo tiempo para examinar la implantación de una autopista o una gran presa que la de un edificio.
El propio Ministerio de Medio Ambiente establece en su comentario a la Ley de Evaluación Ambiental que la normativa actual busca simplificar y agilizar "porque los procedimientos complejos no suponen mayor protección ambiental y constituyen un freno al desarrollo sostenible". Un procedimiento ágil es por tanto plenamente compatible con la seguridad jurídica.
Legalidad y modificación menor
En definitiva, sostiene el documento de alegaciones de CEM que el principio de legalidad, principio rector del Estado de Derecho, obliga a los poderes públicos a actuar conforme a la norma y no conforme a la voluntad de las personas.
A efectos de valorar el criterio utilizado por el órgano ambiental autonómico en supuestos previos de cierta similitud, las alegaciones recuerdan que otro proyecto que supone una importante inversión en nuestro territorio, la ampliación del centro comercial Plaza Mayor, conllevó una modificación del Plan General de Ordenación Urbana de Málaga y fue objeto de una evaluación ambiental estratégica simplificada.
Las alegaciones puntualizan que el artículo 36.1 de la GICA señala que serán objeto de evaluación ambiental estratégica simplificada las modificaciones menores de los planes y programas; y las que establezcan el uso de zonas de reducida extensión a nivel municipal, como es el caso del Dique de Levante.
En este sentido, la Gerencia Municipal de Urbanismo establece que la innovación del plan especial que se tramitan o puede considerarse una revisión parcial, tal y como se infiere del artículo 37 de la LOUA, sino una modificación del mismo. Por tanto, procede la tramitación simplificada, según el documento presentado.
La evaluación de impacto ambiental supone identificar, describir y evaluar de forma apropiada los efectos significativos de un proyecto en el medio ambiente. Para CEM, el edificio que albergará el hotel de cinco estrellas no es perjudicial para su entorno, ya que la extensión del suelo sobre el que se actúa es reducida.
Además, la futura Torre del Puerto está diseñada para obtener una certificación LEED (Líder en Eficiencia Energética y Diseño sostenible), certificación que otorga el Consejo de la Construcción Ecológica de Estados Unidos. El hotel se edificará sobre una superficie ya desarrollada en la que actualmente hay un aparcamiento, en un terreno antrópico ganado al mar.
Se ha proyectado un edificio de bajo consumo, en el que se cubrirá el 100% de la demanda energética con energías renovables. En cuanto al gasto de agua, se obtiene una reducción final de más de un 72% de ahorro respecto al consumo convencional de un hotel de similares características.
En lo referente al paisaje, el edificio proyectado convivirá en la zona con enormes grúas y con contenedores apilados, propios de las actividades portuarias, cuya altura en sí misma ya resulta significativa.
Además, se sitúa a 1.900 metros en línea recta de Gibralfaro, a 1.400 de la Aduana y a 1.500 de la Catedral, lo que ha llevado a la delegación de Cultura de la Junta de Andalucía a no presentar alegaciones por plantearse el proyecto fuera del conjunto histórico y suficientemente alejado del mismo para poder afectar a los Bienes de Interés Cultural (BIC).
En definitiva, al presentar las mencionadas alegaciones, CEM apuesta por el desarrollo de Málaga desde la óptica ambiental, social, económica, turística y laboral de la ciudad, siempre con la finalidad de garantizar su crecimiento y su posición competitiva respecto a otros territorios del entorno, todo ello enmarcado en las máximas garantías de seguridad jurídica, sostenibilidad y bienestar social.