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Jaén

La Audiencia confirma el archivo de la causa de los padres de Úbeda acusados de falsos malos tratos

La Audiencia de Jaén ha desestimado el recurso interpuesto por los padres de esta niña contra el referido auto del juzgado ubetense que acordaba el archivo de la causa

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La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Jaén ha confirmado el auto del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número tres de Úbeda (Jaén) que en octubre del pasado año acordó el sobreseimiento y archivo de la causa iniciada por los padres de dicha ciudad jiennense a quienes la Junta de Andalucía retiró entre los meses de febrero y mayo del pasado año la custodia de su hija, de once años de edad, al creerse que había sido maltratada cuando realmente padece una enfermedad.

   De esta manera, en un auto fechado el pasado día 10 de este mes de febrero, al que ha tenido acceso Europa Press, la Audiencia de Jaén ha desestimado el recurso interpuesto por los padres de esta niña contra el referido auto del juzgado ubetense que acordaba el archivo de la causa, al entender que no hubo "un temerario desprecio hacia la verdad ni conocimiento de falsedad" en la resolución que determinó la retirada de la custodia de la menor.

   Así, el juez que rubrica el auto entiende que el tutor de la clase de la pequeña, una médica del equipo de orientación del centro y la pediatra que la exploró, contra quienes se querellaron los padres y que favorecieron que éstos perdieran la custodia de su hija, actuaron "tras la observación en la menor de pequeñas heridas de forma circular y ubicadas en la cara", y a raíz de "la afirmación de la menor de que su papá sin darse cuenta le había quemado con el cigarro".

   Además, los querellados observaron "una especie de manchas ya cicatrizadas cerca del pabellón auditivo" de la niña, y aunque después, según reconoce el auto, se ha ratificado que "eran picotazos de mosquitos", en el "informe interdisciplinar emitido por el Patronato Municipal de Servicios Sociales del Ayuntamiento de Úbeda (...), la menor reconoce que son quemaduras realizadas por su padre".

   Estas circunstancias han sido "tenidas en cuenta" por el instructor del caso contra cuya resolución interesando el archivo de la causa han recurrido los padres, pero que el magistrado de la Sección Segunda de la Audiencia considera que hay que confirmar "no apareciendo tras los informes que constan en lo actuado y declaraciones de la menor, un temerario desprecio hacia la verdad, ni un conocimiento de falsedad".

   Ello supone, concluye el auto, que "deba mantenerse la resolución recurrida, incluso en aquellos extremos en los que la parte alega falta de motivación, pues la exhaustividad no está reñida con la concisión, ni es facultad de la parte recurrente determinar la extensión del extremo que considere, pues habrá de estarse a que lo razonado sea comprensible, incluso por un tercero".

   Esta resolución emitida por la Audiencia Provincial es firme y contra ella no cabe la interposición de recurso ordinario alguno, según puede leerse en el propio auto.

TRES MESES APARTADA DE SUS PADRES

   De esta manera concluye un caso iniciado en febrero del pasado año, cuando desde la Administración andaluza se iniciaron actuaciones y se tramitó un procedimiento administrativo de declaración de desamparo legal y de ingreso de la referida niña en un centro de menores, que en principio iba a ser el de Andújar (Jaén), si bien finalmente fue un tío de la menor el que se hizo cargo de su custodia.

   Tres meses después, en mayo, el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Úbeda dispuso que la pequeña regresara a casa con sus padres tras comprobarse que las supuestas quemaduras de cigarrillos que presentaba la niña en su cuerpo y que motivaron la retirada de la custodia eran manchas producto de una enfermedad.

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