A indemnizar con 20.400 euros a la familia de una mujer de 69 años que falleció en octubre de 2018 por una tuberculosis latente que no se diagnosticó
El Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 4 de Sevilla ha condenado al Servicio Andaluz de Salud (SAS) a indemnizar con 20.400 euros a la familia de una mujer de 69 años que falleció en octubre de 2018 por una tuberculosis latente que no se diagnosticó ni trató.
El Defensor del Paciente ha informado de que los hechos ocurrieron en el Hospital Reina Sofía de Córdoba, dependiente del SAS y se remontan a enero de 2017, donde a la paciente la empezaron a tratar con un medicamento apropiado para su enfermedad inflamatoria intestinal tipo Crohn.
Sin embargo, el problema de ese medicamento es que tiene la capacidad de despertar a la bacteria causante de la tuberculosis, al ser un inmunosupresor.
Según explica la asociación, alrededor del 15 por ciento de los españoles, sobre todo a partir de los 40 años, desconocen que tienen una tuberculosis latente (dormida), y hay medicamentos como el usado en esta ocasión con capacidad para despertarla.
Ello obliga a realizar un test de tuberculina previo, que se debe repetir, para asegurarse que la persona no tiene una tuberculosis latente antes de suministrarle el medicamento.
Sin embargo, a la mujer fallecida no le repitieron el test, mientras que "lo que es peor tenían un TAC, con nódulos peri-bronquiales de origen infeccioso que pasó desapercibido", asegura la asociación.
De este modo, se "incumplieron los protocolos que obligan a descartar la existencia de tuberculosis, y le pautaron el mencionado medicamento que la señora estuvo tomando durante más de un año".
Además, si le hubieran realizado el test de la tuberculina adecuadamente, y no hubiera pasado desapercibido el TAC, "simplemente le habrían suministrado la terapia antibiótica antituberculosis" con otro fármaco que "cura la tuberculosis latente", de manera que la paciente "habría seguido su tratamiento sin ningún riesgo".
"No hacer un diagnóstico y tratamiento correcto, por el contrario, condujo a la paciente a la muerte por un grave fracaso respiratorio por tuberculosis pulmonar miliar", añade la asociación.
Por tanto, la sentencia, según explica la letrada de la asociación, María Jesús Villalpando, entiende que "se incumplió el deber de poner en manos del paciente los medios de tratamiento y diagnósticos adecuados".
Debido a argumentos "tan contundentes", la sentencia no ha sido recurrida, "como suele ser lo habitual", por el Servicio Andaluz de Salud, por lo que en estos momentos ya es firme.