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Proponen elevar al Consultivo el expediente de resolución de contrato de Recuenco

Un Pleno extraordinario debatirá mañana la cuestión en San Roque. También se incluye la suspensión del plazo de resolución aprobado en Pleno en relación al expediente de resolución de contrato

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Los grupos de la corporación municipal de San Roque tienen previsto decidir este viernes en sesión de pleno extraordinaria sobre la propuesta de suspensión del plazo de resolución aprobado en Pleno en relación al expediente de resolución de contrato del arquitecto Luis Recuenco, al que se encargó en su momento la redacción del PGOU de San Roque.

Durante la sesión se debatirá la elevación al Consultivo de dicho expediente.

El alcalde, Juan Carlos Ruiz Boix, incidía a finales del pasado mes de noviembre que no debatirá públicamente con el arquitecto redactor del PGOU de la localidad, Luis Recuenco, tal y como éste ha solicitado, al tiempo que ha considerado que es "incapaz de completar" el PGOU el municipio.

Días antes, se había aprobado en Pleno el expediente de resolución del contrato. A partir del 19 de noviembre, Recuenco contaba con 15 días para formular alegaciones, y después el Consistorio se reservaba la posibilidad de acudir o no al Consultivo.

El mandatario sanroqueño insistía en que, a juicio del gobierno local, el trabajo de Recuenco "ha presentado muchas deficiencias" pese a haber cobrado "más de un millón de euros de los ciudadanos de San Roque", por lo que no debería instar a un debate público, sino "explicar los motivos por los que no ha podido culminar el trabajo para el que fue contratado".

Por su parte, Recuenco alegaba, en relación a las condiciones de la propuesta de rescisión de su contrato, que contemplan la demora, que el propio Ayuntamiento tardó cinco años en aportarle documentación necesaria.

Además, señala que el documento de instrucciones del arquitecto jefe de Urbanismo, Luis Moncada, “era incumplible, al incluir 5.300 viviendas más de las legalmente posibles”.

Por todo ello, entiende que se ha intentado pretextar una “demora inexistente” y que ahora se utiliza como “único motivo” de suspensión del contrato, por lo que considera que el acuerdo de suspensión “vulnera frontalmente toda legalidad”.

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