Así, la psicóloga encargada de la evaluación de los menores de entre 4 y 5 años a petición del juez emite resoluciones determinantes, tales como “la existencia de testimonios coincidentes por inducción, así como falta de definición del adulto activo, de forma que en este último caso se llegan a confluir en los testimonios de los menores diferentes personas del centro, a la vez que se mezclan actividades en un mismo contexto físico”.
Asimismo, se resalta que tres de los once menores analizados “no aportan al proceso de evaluación ningún dato relevante, e incluye la existencia de posibles “factores mediatizados previos al proceso de evaluación”.
El juez instructor del caso ha solicitado, no obstante, que la profesional encargada de la elaboración del informe profundiza en ciertas conceptos del mismo, para que aclare las variables relativas a la capacidad de raciocinio y vulnerabilidad de los escolares. Por otra parte, cabe reseñar que recientemente el juez decretó una modificación de las medidas cautelares impuestas contra el acusado, de forma que ha quedado suprimida la distancia mínima de 300 metros en relación a los menores, aunque se mantiene la orden de alejamiento general hacia éstos.