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Andalucía

Los centros sanitarios confirmarán de nuevo los autotest positivos para tramitar las bajas

A partir de este lunes los test de autodiagnóstico no serán suficientes para pedir la baja. Serán necesarias otra vez las pruebas en los centros sanitarios

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  • Test de antígenos. -

El Servicio Andaluz de Salud (SAS) confirmará a partir de este lunes, 7 de febrero, los test de autodiagnóstico positivo que comuniquen aquellos usuarios que precisan baja laboral mediante pruebas diagnósticas propias realizadas en los centros sanitarios.

Así lo anunció el consejero de Salud y Familias de la Junta de Andalucía, Jesús Aguirre, el pasado jueves durante su intervención en comisión parlamentaria, en la que explicó que "viendo la tendencia descendente de la presión hospitalaria y también de la presión en la atención primaria, todas las bajas laborales que actualmente se están dando por autodiagnóstico a nivel de Covid, tendrán que ser a partir del lunes confirmadas por pruebas de infección activa por parte de la consejería".

De esta forma, aquellas personas que comuniquen por la app o teléfono de Salud Responde que cuentan con un test de autodiagnóstico positivo recibirán en su teléfono móvil una cita
para la realización de una prueba de infección activa (PCR o test de antígeno). Estas pruebas diagnósticas se realizarán mayoritariamente en su centro de salud y también en puntos habilitados.

Se priorizará la realización de PDIA para confirmación diagnóstica a las personas que presenten síntomas graves, sean personas vulnerables (mayores de 70 años, personas con enfermedad grave, inmunodepromidos y embarazadas), tengan contacto estrecho
con personas vulnerables, sean personal sanitario o sociosanitario y a aquellas no vacunadas.

Cabe recordar que el pasado 13 de enero, el consejero de la Presidencia y portavoz del Gobierno andaluz, Elías Bendodo, manifestaba que en Andalucía ya se había puesto en marcha la tramitación para los trabajadores de la baja y alta en la Seguridad Social por contagio de Covid en un único acto.

Explicaba entonces que en el mismo momento en que una persona solicitara la baja, también en el mismo acto se le daría el alta a los siete días, salvo circunstancias excepcionales de que pasada esa semana no se hubiera terminado de recuperar y lo comunicase.

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