El Ayuntamiento de Carboneras (Almería) ha dado traslado al Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) que se ha dado cuenta al pleno de la "modificación" de la normativa urbanística municipal para adaptar los sectores ST-1 o Algarrobico y ST-2 o Canillar a la sentencia que, en firme, determinó en 2018 que eran suelo no urbanizable de especial protección, dentro del parque natural Cabo de Gata-Níjar.
La modificación número 1, que se terminó de redactar en septiembre de 2020 por los "servicios técnicos municipales", no ha sido sometida, sin embargo, a la aprobación del pleno corporación, que era lo que se recogía originariamente en la propuesta formulada por el concejal delegado de Urbanismo y fechada el 6 de octubre del pasado año en el marco del expediente abierto para la anulación de los sectores urbanísticos del Algarrobico, donde se levanta el hotel de Azata del Sol, y El Canillar.
La propuesta, consultada por Europa Press, "a la vista del informe de la Secretaría Municipal", refería que procedía adoptar "acuerdo de pleno de aprobación de la modificación número 1 del PGOU de Carboneras en cumplimiento del fallo de la sentencia firme" pero en el último pleno que celebró la corporación, el equipo de gobierno se limitó a "tomar conocimiento" de la modificación.
En esa misma sesión, y según la lectura realizada por el portavoz del equipo de Gobierno, Ramón Soto, se "dio cuenta" de la "orden de remisión del expediente completo" a la Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio de la Junta de Andalucía en Almería, "órgano competente para aprobarlo definitivamente", así como "para su inscripción en el registro de planeamiento".
Por último, se informó de que se daba traslado al Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) de la "dación de cuentas al pleno de la corporación municipal".
El Ayuntamiento de Carboneras ya remitió un escrito en septiembre de 2018 al TSJA, en respuesta a la demanda interpuesta por Greenpeace para solicitar la apertura de un expediente de demolición, con un Decreto de Alcaldía por el que indicó que procedía a dar cumplimiento al fallo firme de 19 de abril del propio TSJA que le ordena clasificar El Algarrobico como "no urbanizable con grado de protección C1" y el adyacente El Canillar "con grados B1 y B2".
El citado decreto resolvía entonces publicar en el BOP el cumplimiento del fallo de la sentencia, su comunicación a la Junta de Andalucía con competencias en materia de Ordenación del Territorio, insertar en el Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) del municipio el fallo y adaptar la planimetría, "incluyendo la nueva zona de servidumbre de protección del dominio público marítimo terrestre" en 100 metros de acuerdo a la Ley de Costas.