El Juzgado de Instrucción 4 de Almería ha acordado el archivo de la causa abierta a raíz de la denuncia interpuesta a finales de julio de 2016 por los padres de un niño de siete años que padece Síndrome de Down después de que fuese inmovilizado en, al menos, dos ocasiones en una silla de plástico, a la que se le sujetaba con una cincha, en un centro de actividades de ocio de la urbanización de El Toyo, en Almería.
La juez, que se aviene a lo interesado por el Ministerio Fiscal, indica que, si bien la conducta del monitor no resulta "ni estética ni agradable", sí que puede considerarse "conforme a lo exigido en este tipo de casos", en alusión a las declaraciones prestadas en instrucción en las que se apuntaba a que el menor tenía conductas "disruptivas" que ponían "en riesgo su vida y la de los demás".
Fuentes del caso han indicado a Europa Press que, en el auto por el que se acuerda el sobreseimiento, contra el que cabe recurso de reforma y subsidiario de apelación, se concluye, a la vista de las declaraciones de los padres del niño, del responsable del centro y del monitor, ambos investigados, y de la documental aportada, que "no hay actuación de naturaleza delictiva" y que no se incurrió, por tanto, en trato vejatorio o degradante.
En su declaración en calidad de investigado ante la magistrada María del Mar Cruz, el monitor aseguró que, en los días previos al uso de la contención, se informó "a diario" tanto al empresario como a los padres del niño de "las graves conductas disruptivas y desafiantes" que ponían "en peligro su vida de forma inminente en repetidas ocasiones".
Ante la Policía Nacional detalló que se "escapaba en un recinto abierto como la Plaza del Mar, insultaba, pegaba y escupía sin discriminar entre el peligro y el no peligro" y que, ante estas conductas, decidió hacer "una contención pedagógica" después de probar "varios métodos" como "diálogos y explicaciones, adaptando sus rutinas a las necesidades del campamento, para que pudiese disfrutar del mismo".
Remarcó, asimismo, que la "contención física", que le dejaba "los pies y las manos libres", se usaba para reducir los niveles de "estrés, ansiedad y angustia", que duraba "aproximadamente 15 o 20 minutos" en los que "permanecía con el menor" y que el niño "no fue objeto de burla alguna" por parte de adultos o menores durante ese tiempo.
Aportó, asimismo, como documentación para respaldar su actuación parte del temario de la asignatura de métodos específicos de la UAL en el grado de fisioterapia sobre "consideraciones motoras de determinadas afecciones", así como las conclusiones del Congreso Virtual de Psiquiatría celebrado en febrero de 2012.
El responsable del centro, que también compareció en calidad de investigado, afirmó que el niño se integraba con "cierta normalidad y alegría" y que la sujeción "se realizaba con un cinturón que le dejaba libertad de movimiento de brazos y piernas".
Por su parte, en su declaración como perjudicada ante la titular del Juzgado de Instrucción 4 de Almería, la madre del menor relató que era el segundo año que su hijo estaba en el campamento, que la primera vez que su pareja lo vio atado "pensó que era un juego", que en la segunda ocasión ya sí le pidió explicaciones a lo que respondió el monitor que era para calmarlo y para que "asociara la cuerda a la calma" y que su hijo "en ningún momento podía desatarse ya que, de hecho, la primera vez lo hizo una niña y la segunda, el mismo monitor".
Al hilo de esto, señaló que su hijo "tiene un retraso madurativo, que no verbaliza" pero que es "muy obediente, que atiende a ordenes, que no tienen tendencia a escaparse pero sí a correr como cualquier otro niño". Al tiempo, destacó que, si bien los primeros días iba al campamento "con alegría", los últimos días "le había notado apagado".
Tras la denuncia de los hechos, la Junta de Andalucía, a través de la Delegación Territorial de Igualdad, Salud y Políticas Sociales, acordó incoar un expediente informativo de oficio para esclarecer lo ocurrido en este centro de actividades de ocio de El Toyo.