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El asesor del Ayuntamiento dice que se atuvo a informes de Junta para mantener urbanizable Algarrobico

A preguntas de los letrados de la defensa, que cambiar la calificación del suelo "correspondía" y que el decreto que permitía al Ayuntamiento adaptar la normativa urbanística a la LOUA "excluía competencias al Ayuntamiento para clasificar o desclasificar suelo"

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El asesor jurídico que elaboró el informe por el que el Ayuntamiento de Carboneras (Almería) acordó en pleno en 2009 mantener la calificación de urbanizable para el sector urbanístico sobre el que se asienta el hotel de Azata del Sol en el paraje de El Algarrobico ha declarado como testigo ante el juez que investiga a los dos últimos alcaldes por presunta prevaricación que, en todo momento, se "atuvo a la documentación oficial remitida por la Junta de Andalucía a la hora de realizar" el citado informe.

   En relación al auto del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) que, en 2008, consideró que la normativa ambiental aprobada por la Junta ese año podría "reactivar el uso turístico" del hotel y ordenaba restablecer el nivel de protección que el paraje tenía en la normativa derogada, aseguró que se guió por la "planimetría usada durante 14 años por el Ayuntamiento y remitida" por la Consejería de Medio Ambiente que lo clasificaba como "no incompatible con el uso urbanístico".

   Indicó ante la titular del Juzgado de Instrucción número 3 de Vera, ante la que prestó testimonio el viernes como testigo, que "desconocía" la "falta de validez" de esa cartografía que le había enviado la administración autonómica al Consistorio carbonero y que, por tanto, "pensaba que esa era la que tenía que utilizar".

   En concreto, hizo alusión a una cartografía con la que se corrigieron errores en la normativa ambiental aprobada en 1994 pero que no se publicó en BOJA. El juez que anuló en primera instancia la licencia municipal para el hotel de Azata del Sol la cuestionó atribuyendo a la Junta "una burda maniobra para sustituir la planimetría del del Plan de Ordenación de Recursos Naturales (PORN) del parque natural Cabo de Gata-Níjar publicada oficialmente en BOJA de 22 de diciembre de 1994 por otra para "orillar la limitación que imponía" y "permitir de esta guisa" la obra en terrenos de especial protección.

   En su declaración como testigo, consultada por Europa Press, el asesor jurídico del Ayuntamiento carbonero entre los años 1999 y 2011 relató que para elaborar el informe en el que se basó la decisión de mantener en 2009 el sueño como urbanizable contó con tres informes, dos de Junta y otro del Ministerio de Medio Ambiente, y que, ante las "incongruencias" entre el nivel de protección del PORN de 1994 y la cartografía remitida y publicada en la web, siguió los "consejos de la Comisión Interdepartamental de la Junta de que prevaleciese la planimetría ambiental sobre la normativa urbanística" que se iba a aprobar.

   A preguntas de los letrados de la defensa, que cambiar la calificación del suelo "correspondía" y que el decreto que permitía al Ayuntamiento adaptar la normativa urbanística a la LOUA "excluía competencias al Ayuntamiento para clasificar o desclasificar suelo".

   Su testimonio ha sido el último en practicarse por el juzgado que instruye la causa después de que el 13 de agosto prestasen declaración como imputados el exalcalde socialista Cristóbal Fernández, los exediles en su gobierno y, en calidad de testigo, la que fuera directora del parque natural de Cabo de Gata-Níjar Rosa Mendoza.

EL EXALCADE TAMBIÉN APUNTÓ A LA JUNTA

   Fernández también trasladó que el acuerdo de pleno por el que se mantuvo la calificación de urbanizable se adoptó con "todos los informes sectoriales en sentido favorable" y contó con la aprobación definitiva por parte de la Junta de Andalucía. También subrayó que se habían pronunciado en sentido favorable los informes preceptivos municipales y que en el momento en que se adaptaron las Normas Subsidiarias (NNSS) a la Ley de Ordenación Urbanística de Andalucía (LOUA) a finales de 2009, no había ningún pronunciamiento judicial "en firme" que obligase a cambiar la categoría del sector donde se asienta el hotel de Azata del Sol.

   "Si hubiera sido alcalde en 2011, habría asumido todas las resoluciones de los tribunales con respecto al Algarrobico pero eso corresponde ahora al actual equipo de gobierno", aseguró entonces en declaraciones a los periodistas

   El informe de la Comisión Interdepartamental de Valoración Territorial y Urbanística de la Junta apuntaba que el sector ST-1 'Algarrobico' aparecía en el documento enviado por el Ayuntamiento como suelo urbanizable ordenado, "debiendo estar clasificado como suelo urbano consolidado al contar con los requisitos que marca la LOUA, según la memoria justificativa de la adaptación parcial".

   Esta adaptación urbanística provocó que el TSJA acordase requerir en mayo de 2009 a Cristóbal Fernández para que se abstuviese de actuaciones urbanísticas en el paraje de El Algarrobico so pena de incurrir en un presunto delito de desobediencia ya que existía un auto en el que se ordenaba calificar el sector ST-1 como "espacio protegido no urbanizable". Al tiempo, le advertía que cualquier ejecución sería "nula".

   El actual alcalde, Salvador Hernández (Gicar), también imputado, señaló ante la jueza en marzo que las decisiones con respecto al paraje de El Algarrobico se adoptaron bajo mandato del exregidor del PSOE durante el citado pleno celebrado en agosto de 2009 en el que él, desde la oposición, votó en contra.

DENUNCIA DE FISCALÍA

   La Fiscalía de Medio Ambiente, a raíz de la querella presentada por Ecologistas en Acción, denunció sin embargo que Hernández no había modificado la calificación de urbanizable que el paraje tiene en la normativa urbanística municipal ni había procedido a revisar de oficio el Plan Parcial que posibilitó la concesión de la licencia de obras para construir el hotel en virtud de otras sentencias judiciales que señalan que el inmueble viola la Ley de Costas.

   Hernández mantuvo entonces que ninguna de las sentencias judiciales en firme por la vía de lo contencioso-administrativo que declaran el paraje como no urbanizable y de especial protección ordenan al Ayuntamiento que tramite su cambio en el Plan General de Ordenación Urbana (PGOU). En el mismo sentido, apuntó que la adaptación de las normas subsidiarias a la Ley de Ordenación Urbana de Andalucía se hizo bajo mandato socialista.  .

   La demanda de Ecologistas en Acción indicaba que con anterioridad a que el Tribunal Supremo (TS) dictaminase que el hotel violaba la Ley de Costas y el TSJA restableciese la zona como espacio protegido no urbanizable, el Alto Tribunal andaluz emplazó en enero de 2012 al Ayuntamiento para que, en el plazo de diez días, adoptase las medidas necesarias para modificar el PGOU en el que aparece como urbanizable.

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