El tiempo en: Marbella
Publicidad Ai
Publicidad Ai

Huelva

El PSOE pide al PP explicaciones por el contrato de la zona ORA

Ante las “irregularidades extremadamente graves” que el TSJA ha visto en el contrato de la zona ORA adjudicado en 2013

Publicidad AiPublicidad Ai
Publicidad Ai
Publicidad Ai
  • Villadeamigo y Gómez -
  • El juez declara nulo de pleno derecho el contrato de Dornier para la gestión y explotación de los aparcamientos

La teniente de alcalde de Economía y Hacienda, María Villadeamigo; y el portavoz del equipo de Gobierno municipal, Manuel Gómez Márquez, han exigido hoy explicaciones al PP ante “los hechos extremadamente graves” cometidos por el anterior equipo de Gobierno en el Ayuntamiento de Huelva, en los términos que ha puesto en evidencia la sentencia dictada por el

Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) que declara nula de pleno derecho la adjudicación a la empresa Dornier SA en 2013 del contrato de gestión del servicio público de regulación de estacionamientos en la vía pública (ORA) y el de grúa. Un fallo judicial que da respuesta al recurso de apelación interpuesto por la entidad que quedó en segundo lugar en la licitación, Iberpark SA, y que constata la vulneración de los principios de igualdad, objetividad y transparencia en el proceso de adjudicación. “Esto huele muy mal, y lo peor de todo es que hablamos de un contrato con una vigencia de 20 años, hipotecando el futuro de los onubenses, generando indefensión a las empresas afectadas y una gran inseguridad jurídica para nuestro Ayuntamiento”, ha recalcado Villadeamigo, calificando de “escandaloso” que “dicho contrato se firmara antes de plazo y alterando los criterios de valoración que figuraban en los pliegos de condiciones del concurso”.

“Lamentablemente -ha señalado la concejala- este es nuestro día a día. El pasado del PP es nuestro presente. Tenemos que gobernar encontrándonos irregularidades así continuamente. Y más que nos seguiremos encontrando, con el coste que eso conlleva para este Ayuntamiento. La ciudadanía debe saberlo y el PP dar explicaciones cuanto antes”.

La teniente de alcalde se ha remitido al contenido de la sentencia del TSJA para apuntar a “una cadena de irregularidades” detectadas en dicho procedimiento, como la omisión de informes preceptivos cuyo contenido es determinante para la resolución; el incumplimiento de las prescripciones legales de la Ley de Contratos; error de la Administración en la modalidad de la contratación; o adjudicación del contrato obviando el informe de fiscalización, con causa que excluía del procedimiento de adjudicación a Dornier. Asimismo, se emitió el informe económico de valoración por un órgano manifiestamente incompetente en razón de la materia, como es el entonces jefe de la Policía Local; se alteraron los criterios de adjudicación y se omitieron en el expediente documentos como la memoria económica.

En palabras de Villadeamigo, “no es de extrañar que, llevando a cabo un procedimiento con tantas anomalías, el PP quisiera zanjar el asunto cuanto antes. Tanto es así que el propio juez señala que ‘llama poderosamente la atención la prisa en la adjudicación y su formalización antes de plazo’”.

Por todo ello, desde el actual equipo de Gobierno del PSOE se exige al PP en este Ayuntamiento, que cuenta con la responsable directa de esta atrocidad entre sus concejales, que explique a los ciudadanos por qué se saltó así la Ley y qué interés escondía adjudicarle los contratos a esta empresa”.

Por su parte, Gómez Márquez ha precisado que, a partir de este punto, “es necesario esperar a que la sentencia sea firme, pues aún cabe la posibilidad de que la adjudicataria recurra ante el Tribunal Supremo”. De declararse la firmeza del fallo del TSJA, el Consistorio anularía dicho contrato, en cumplimiento del mandato judicial, y abriría una nueva licitación.

Graves irregularidades

Entre otras cuestiones, durante el proceso de evaluación se fijaron subcriterios que no figuraban en los pliegos de condiciones de la licitación, infringiendo el principio de igualdad de oportunidades y transparencia establecido en el artículo 139 de la Ley de Contratos y el artículo 36 de la directiva 92/50, que exige que los posibles licitadores conozcan en el momento de preparar sus ofertas todos los factores que la entidad adjudicadora tomará en consideración para seleccionar la oferta económicamente más ventajosa y la importancia relativa a los mismos.

Además, como advierte Villadeamigo, resulta “cuanto menos llamativo que el jefe de la Policía Local de aquel entonces se encargase de elaborar informes de contenido económico-financiero para los que no tenía competencia. Redactó el pliego, elaboró la memoria económica e informó de la misma, asesoró sobre la justificación de las ofertas anormalmente bajas o desproporcionadas que sirvieron al órgano de contratación para no rechazar la oferta de la empresa finalmente adjudicataria”.

El pliego establecía hasta 38 puntos para valorar el proyecto técnico de gestión, descrito en distintos apartados, pero sin señalar la puntuación de cada uno de ellos. Una imprecisión, señala el juez, que le permitió de nuevo al jefe de la Policía Local otorgar una puntuación concreta en cada uno de ellos, creando apartados y puntuaciones que no se establecían en el pliego, dándole la puntuación máxima a la adjudicataria.

TE RECOMENDAMOS

ÚNETE A NUESTRO BOLETÍN