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Condenan a dos hombres por llevar hachís en una embarcación que volcó

La Audiencia de Málaga ve probado que viajaron desde Marruecos en 2011 con más de 32 kilos de hachís, valorados en 350.000 euros. Dicta prisión de año y medio

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  • Audiencia de Málaga -

La Audiencia de Málaga ha condenado a dos hombres por introducir importantes cantidades de hachís en una embarcación que volcó en el mar. Además, a uno de ellos se le condena también por un delito de blanqueo de capitales, al considerar probado que compró dos vehículos de alta gama con el dinero de este tráfico de drogas.

Según se declara probado en la sentencia, en agosto de 2011, uno de los acusados, junto a otras dos personas, viajaban en la embarcación desde Marruecos hasta algún punto de la península, transportando en el barco ocho fardos de droga, en concreto, más de 32 kilos de hachís.

La embarcación volcó, por lo que el acusado y uno de sus acompañantes tuvieron que ser rescatados por un helicóptero de Salvamento Marítimo, sin que haya aparecido el tercer tripulante, según señala la resolución de la Sección Primera de la Audiencia, que se dicta con la conformidad de los procesados.

Unos días más tarde, la embarcación fue localizada en alta mar y remolcada, localizándose en el interior los fardos de droga, además de dinero, así como teléfonos móviles de compañías españolas y marroquíes y una hoja con las coordenadas donde alijar. El valor de la droga incautada es superior a los 350.000 euros.

Cuando este acusado fue detenido, se le intervinieron dos vehículos de alta gama, que habían sido adquiridos en efectivo "con el dinero y ganancias procedentes de su dedicación al tráfico de drogas", por lo que se le condena, además, por un delito de blanqueo de capitales.

Asimismo, la embarcación fue adquirida por el otro acusado que ha sido condenado, abonándola en efectivo. Se la entregaron en el puerto de la localidad malagueña de Estepona y la trasladó seguidamente a Ceuta, señalando la Sala que el procesado la compró para "destinarla a transportar hachís" desde dicha ciudad a la península.

Por estos hechos, se condena a un año y medio de prisión y el pago de una multa de 350.000 euros a cada uno de los acusados, por el delito contra la salud pública; mientras que a uno de ellos se le impone seis meses de cárcel más por un delito de blanqueo de capitales. Se aplica la circunstancia de dilaciones indebidas.

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