El tiempo en: Marbella
Publicidad Ai
Publicidad Ai

Sevilla

Audiencia de Sevilla confirma la condena a exalcalde por 800 chalés ilegales

La Audiencia de Sevilla ha confirmado la condena de cuatro años y tres meses de inhabilitación impuesta al exalcalde de Castilblanco de los Arroyos Manuel Ruiz Lucas (Nueva Izquierda) por consentir la construcción de 800 chalés ilegales en terreno rústico

Publicidad Ai
Publicidad AiPublicidad Ai
Publicidad AiPublicidad Ai
Publicidad Ai
Publicidad AiPublicidad Ai

La Audiencia de Sevilla ha confirmado la condena de cuatro años y tres meses de inhabilitación impuesta al exalcalde de Castilblanco de los Arroyos (Sevilla) Manuel Ruiz Lucas (Nueva Izquierda) por consentir la construcción de 800 chalés ilegales en terreno rústico.

Tras ser condenado en 2012 por el juzgado de lo penal 8 de Sevilla, el exalcalde recurrió la sentencia, que ahora confirma la sección séptima de la Audiencia de Sevilla.

El alcalde entre 1979 y 2007 alegó que muchas de las viviendas estaban construidas en la urbanización Las Minas cuando accedió a la alcaldía, aunque la Audiencia considera que hizo la "vista gorda" durante sus 27 años de mandato y proliferaron en la zona rústica no urbanizables centenares de casas irregulares.

La Audiencia indica que a pesar de que denegase licencias de obras, Ruiz Lucas no hizo nada para perseguir las construcciones irregulares y no comprobaba o controlaba que se dejara de construir.

Después de criticar la "absoluta pasividad" del exalcalde, la Audiencia precisa que solo a partir de 2005 puso en conocimiento de las autoridades superiores la proliferación de viviendas ilegales en el municipio, ubicado en la comarca de la Sierra Norte de Sevilla.

Las viviendas causaron "graves perjuicios para la ordenación del territorio, con la degradación de los recursos naturales correlativa a las edificaciones ilegales (construcciones de pozos; problemas con la evacuación de aguas residuales; retiradas de basuras)", señala el fallo judicial.

"Es obvio que nos hallamos ante un comportamiento omisivo" equivalente a "una actuación ilegal, evidente, clamorosa o grosera"", concluye la Audiencia.

Además, considera que es "contrario a la más elemental lógica" la actitud del alcalde de "pretender explicar tamaña inactividad con el argumento de que no sabía qué debía hacerse".

La "apariencia de legalidad" de las viviendas "se prolongaba en el cobro a algunos parcelistas del IBI de naturaleza urbana tras presentar la solicitud correspondiente" en una oficina municipal, recoge la Audiencia.

En el pueblo "era conocido que con una foto de la obra terminada se acudía" a la oficina municipal, se pagaba y "ya era urbano", según los testimonios recogidos en la causa.

Ruiz Lucas era consciente de la ilegalidad de la situación pero le dio una "apariencia de legalidad" mediante la colocación de carteles y decretos de paralización, según la primera sentencia, en la que le atribuyen que causó "graves consecuencias medioambientales, económicas, penales y psicológicas a los habitantes de la zona".

La Audiencia solo estima el recurso respecto a la inhabilitación dictada, que se refería a empleo o cargo público sin más precisión y ahora se limita a los de la administración local.

TE RECOMENDAMOS

ÚNETE A NUESTRO BOLETÍN