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Gibraltar da un paso más hacia la transparencia con la legislación en materia de libertad de información

La Ley de libertad de información implicará una transformación importante del funcionamiento de la Administración pública. Por ello, se introducirá gradualmente a lo largo de un periodo de tiempo y su aplicación variará en función de los organismos y departamentos públicos

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El Gobierno de Gibraltar publicará hoy el borrador parlamentario para la legislación en materia de libertad de información. Esta legislación sigue la estela de los muchos compromisos en pro de la transparencia y la apertura del Gobierno de coalición de socialistas y liberales.
La legislación en materia de libertad de información brinda al público general acceso a los datos de los que dispone el Gobierno. Establecerá un proceso legal sobre el «derecho a saber» mediante el cual se podrá solicitar acceso a la información en manos del Gobierno. Dicha información deberá proporcionarse gratuitamente o a un coste mínimo y sólo podrán existir unas cuantas excepciones por norma, como en los casos en los que tal divulgación represente un perjuicio para una investigación criminal o los intereses comerciales de terceros.
La legislación en materia de libertad de información brindará acceso público a la información en manos de los organismos públicos de las siguientes formas:
Los organismos públicos estarán sujetos a la obligación de publicar cierta información sobre sus actividades.
Los ciudadanos tendrán derecho a solicitar información a los organismos públicos.
La legislación abarcará cualquier tipo de información que haya sido registrada y esté en manos de organismos públicos gibraltareños, lo que incluye documentos impresos, archivos informáticos, cartas, correos electrónicos, fotografías y grabaciones audiovisuales.
Los principios básicos de la legislación en materia de libertad de información son:
Todos los ciudadanos tendrán acceso a la información de carácter oficial. La información sólo será de dominio privado si existe un motivo que lo justifique y así se recoja en la legislación.
El solicitante no deberá justificar la petición de información.
Todas las solicitudes de información deberán tratarse en igualdad de condiciones, excepto en las circunstancias en las que dichas solicitudes sean de naturaleza abusiva o vulneren la protección de datos de carácter personal. La capacidad para recabar información en virtud de la legislación no deberá verse afectada por la identidad del solicitante. Todos los solicitantes deberán recibir el mismo trato, independientemente de que sean periodistas, ciudadanos corrientes, empleados públicos o investigadores extranjeros.


La Ley de libertad de información implicará una transformación importante del funcionamiento de la Administración pública. Por ello, se introducirá gradualmente a lo largo de un periodo de tiempo y su aplicación variará en función de los organismos y departamentos públicos.
El Ministro Principal, Fabián Picardo, declaró: “recordarán que el Gobierno ya introdujo la obligación de divulgar los documentos archivados tras un plazo de 20 años. La nueva Ley de libertad de información, una vez que haya superado todas las fases del proceso de consulta y de enmienda necesarias, contribuirá al ambiente de apertura y transparencia que el Gobierno ha procurado fomentar desde su elección en diciembre de 2011, lo que incluye la retransmisión de las sesiones parlamentarias mensuales y la divulgación online automática de datos estadísticos de varias entidades del Gobierno. La publicación hoy de este borrador parlamentario abrirá el periodo de consulta parlamentaria con el fin de permitir que las partes interesadas puedan hacer aportaciones”.

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