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Piden 3 y 9 años de cárcel para una pareja que se agredió durante una pelea en una casa rural

Los procesados, quienes habían mantenido una relación sentimental, comenzaron una discusión en la casa rural en la que residían en la madrugada del 21 de marzo de 2011

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La Fiscalía tiene previsto solicitar penas de tres y nueve años de cárcel para una pareja que mantuvo una fuerte discusión en una casa rural de Enix (Almería), en el transcurso de la cual él agredió con un palo de madera a la mujer, quien lo empujó y le hizo caer por unas escaleras.

   El escrito de acusación imputa a J.L.G.G., de 66 años, un delito de lesiones por el que interesa tres años de prisión ya que le aplica la atenuante de embriaguez mientras que para C.I.R., de nacionalidad argentina, solicita nueve años de prisión también por un delito de lesiones.

   Según relata el Ministerio Público en su calificación, a la que ha tenido acceso Europa Press, los procesados, quienes habían mantenido una relación sentimental, comenzaron una discusión en la casa rural en la que residían en la madrugada del 21 de marzo de 2011.

   En un momento de la pelea, y con ánimo de atentar contra la integridad física del otro presuntamente, comenzaron a agredirse.

   El fiscal sostiene que J.L.G.G., quien se "encontraba en un estado de intoxicación etílica que disminuía sus facultades intelectivas y volitivas", golpeó supuestamente a la mujer con un palo en la cabeza y le causó una herida de cinco centímetros a nivel parietal por la que precisó tratamiento médico y de la que tardó en curar diez días.

   A continuación, según señala el escrito, C.I.R., de 51 años, empujó al acusado, "cayendo este por las escaleras", lo que le provocó un traumatismo craneoencefálico. Estuvo hospitalizado 283 días y le han quedado numerosas e importantes secuelas aunque ha renunciado a indemnización.

   El fiscal sí interesa que abone a C.I.A. 730 euros por las lesión ocasionada y que le dejó una cicatriz de 4,5 centímetros al tiempo que solicita que ambos no puedan acercarse el uno al otro a menos de 200 metros por periodo de cuatro y diez años.

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