Desestimada la petición de sobresimiento del caso del ‘crimen de la enfermera’. El Juzgado de Violencia sobre la Mujer número uno de Jaén decretó la apertura de juicio oral contra Jesús A.P. como acusado del asesinato de su mujer, Antonia González Osuna, que tuvo lugar el pasado 8 de octubre de 2012.
En su auto, el juez Miguel Sánchez Gasca, afirma que los indicios de la presunta comisión del delito “son evidentes y vienen determinados por los informes forenses emitidos en autos que revelan sin lugar a dudas que la muerte de Antonia fue homicida, y que no pudo ser causada por otra persona que Jesús”.
El escrito continúa diciendo que los informes aportados por la defensa no tienen “ni la entidad ni la objetividad suficiente como para socavar los informes forenses que obran en autos y acordar un eventual sobreseimiento”.
En el relato de los hechos el auto recoge que el matrimonio “venía arrastrando una fuerte crisis matrimonial y que Jesús llegó descubrir en 2010 que Antonia tenía una relación sentimental con otro hombre”. Ambos hicieron terapias de pareja “pero Jesús nunca repuso de la infidelidad de su esposa”. Según el auto, el 7 de octubre de 2012 hubo una fuerte discusión entre Jesús y Antonia. Jesús llamó a un amigo para pasar la noche con él pero no pudo porque estaba fuera de Jaén. El 8 de octubre de 2012, Antonia salió del Hospital donde trabajaba, sobre las 15 horas, acudiendo a su casa, mientras que su esposo salió de trabajar de la Universidad de Jaén sobre las 15’30 horas regresando igualmente a casa.
“En la vivienda familiar, en todo caso antes de las 18:00 horas, en el dormitorio, estando Antonia acostada descansando o durmiendo la siesta, llegó Jesús y golpeó a Antonia repetidas veces, en la cabeza, siendo algunos de los golpes muy fuertes, y tras los golpes, le causó la muerte a Antonia por medio de comprensión extrínseca del cuello presionando con la mano para estrangularla y por oclusión de los orificios respiratorios nasales”, relata el auto, que no es recurrible y que obliga al marido a indemnizar a la madre de su esposa con 100.000 euros por los daños morales causados, amenazando con embargar bienes de su propiedad.