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Condenados dos hombres por cazar nueve aves acuáticas prohibidas

En la Puebla del Río

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El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 3 de Coria del Río (Sevilla) ha condenado a dos hombres a pagar una multa de 960 euros y a indemnizar con 6.310 euros a la Junta de Andalucía por cazar nueve aves acuáticas prohibidas en el paraje 'Reboso Chico' de La Puebla del Río, según la sentencia consultada por Europa Press.

   El juicio no llegó a celebrarse después de que los dos acusados, J.C.R. y M.C.B., reconocieran los hechos y aceptaran la pena solicitada por la Fiscalía, que incluye además 16 meses de inhabilitación para el ejercicio de la caza por un delito contra la fauna.

   La juez considera probado que los hechos tuvieron lugar a las 16,45 horas del día 6 de agosto de 2011, cuando los dos imputados, valiéndose de una escopeta Benelli de cartuchos y auxiliados de perros, cazaron nueve aves acuáticas conocidas como calamón común.


   La caza de esta especie está prohibida, ya que sobre ella pesan medidas de conservación especial en cuanto a su hábitat, medidas recogidas en el Real Decreto por el que se regula el catálogo nacional de especies amenazadas.

   Además, se ha tasado el valor de las aves incautadas en 6.310 euros, cantidad en la que los dos acusados tendrán que indemnizar a la Delegación Provincial de Medio Ambiente en Sevilla.

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