En el primero de los casos, los beneficiarios son comerciantes y minoristas cuya actividad comercial tenga al menos dos años de existencia y estén inscritos en la sección I del Registro de Comerciantes. El importe de la subvención no podrá exceder del 50 por ciento del total de la inversión subvencionable y pueden solicitarse por diversos conceptos: renovación y mejora tecnológica, adquisición de equipos informáticos, mobiliario, ampliaciones y reformas de locales o proyectos que fomenten la innovación empresarial, entre otros.
En el caso de los servicios turísticos, las pequeñas y medianas empresas que quieran solicitar estas ayudas deberán estar inscritas en el Registro de Turismo de Andalucía. En cualquier caso, las subvenciones concedidas no excederán del 50 o 60 por ciento de lo solicitado e irán destinadas a actuaciones, nuevos productos o servicios turísticos que redunden en una mayor calidad en la prestación de los servicios turísticos. Esto es, implantación de tecnologías, energías no contaminantes, reforma y modernización de establecimientos, creación de instalaciones, etcétera.
Información al empresario
Todos aquellos empresarios que estén interesados en optar a estas ayudas pueden dirigirse a la Delegación de Fomento. Los técnicos de este área asesorarán, orientarán y tramitarán directamente las solicitudes, en aras de que puedan beneficiarse de las subvenciones el mayor número de emprendedores. El plazo de presentación de la documentación concluye el 31 de enero y puede presentarse en la sede de Fomento, ubicada en la planta baja de la Biblioteca Municipal o directamente en la Delegación provincial de la Consejería de Turismo, en Cádiz.