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La Audiencia debate el 10 de enero la nulidad de la grabación en el cohecho de Mercasevilla

El exdirector general de Mercasevilla, Fernando Mellet, y su antiguo director adjunto, Daniel Ponce, estarán en el banquillo de los acusados

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La Audiencia Provincial de Sevilla ha fijado para el próximo día 10 de enero una vista en la que analizará las cuestiones previas planteadas por las defensas en el caso del supuesto intento de cobro de una comisión ilegal de 450.000 euros a dos empresarios del Grupo La Raza como condición para ser adjudicatarios de la escuela de hostelería de Mercasevilla, cuestiones previas entre las que destaca la petición para que se declare nula la grabación que dio lugar a la investigación.

En el juicio, se sentarán en el banquillo de los acusados el exdirector general de Mercasevilla Fernando Mellet; su antiguo director adjunto, Daniel Ponce; el exdelegado provincial de la Consejería de Empleo Antonio Rivas y María Regla Pereira, coordinadora de proyectos de la ya extinta Fundación Socioasistencial de Mercasevilla cuando ocurrieron los hechos, para cada uno de los cuales la Fiscalía pide una sanción de 900.000 euros y la suspensión de empleo o cargo público por un periodo de 21 meses a cuenta de un presunto delito de cohecho.


En este sentido, fuentes judiciales han informado a Europa Press de que el magistrado que presidirá el jurado popular encargado de enjuiciar a los acusados, Ángel Márquez, ha fijado para el próximo día 10 de enero esta vista a fin de resolver las cuestiones previas planteadas, entre ellas la solicitud del abogado de Mellet para que se declare nula la grabación que dio lugar a la investigación al entender que se trata de un relato "provocado" y de una grabación "inconstitucional" e "ilegal". Además, Mellet se ha opuesto a que un jurado popular enjuicie esta causa.

En su escrito de personación ante el tribunal del jurado, de 136 páginas y al que ha tenido acceso Europa Press, la representación procesal de Fernando Mellet pone de manifiesto que "las grabaciones, las transcripciones y las conversaciones son nulas y no pueden ser tenidas como prueba en el presente procedimiento", añadiendo que "las conversaciones que sirven de sustento para proceder" contra Mellet "se basan en un relato provocado, tergiversado, sacado del contexto y absolutamente erróneo e interesado, produciéndose con posterioridad a la concesión de la subvención".

A su juicio, el dispositivo técnico empleado por los empresarios para grabar la conversación "fue utilizado para obtener una información o para descubrir un dato que sin ello no se habría alcanzado", con lo cual "se graba para obtener la citada información e implicar a Mellet"; a su juicio, "lo obtenido y transcrito ha servido para que se haya vulnerado el derecho al secreto de la comunicaciones y la intimidad personal" del exdirector general de Mercasevilla.

EL PSOE TAMBIÉN SE OPONE AL JURADO

El resultado de lo expuesto "no puede ser otro que la nulidad de las grabaciones, sus transcripciones, las declaraciones efectuadas por Fernando Mellet y los empresarios, cualquier declaración que se encuentre relacionada con las citadas grabaciones y cualquier diligencia o prueba que provengan de las citadas grabaciones efectuadas con grave atentado a los derechos fundamentales de mi representado", según asevera el letrado del acusado.

Añade que "las citadas grabaciones se efectuaron malintencionadamente y como un ardid dirigido a obtener una serie de informaciones de forma provocada", y explica que una "provocación comporta que el agente grabador se coloque en una situación despareja respecto de la persona que es grabada, quien actúa de forma absolutamente desprotegida, arrancándole de modo torticero las expresiones, no despojándose de sus manifestaciones de modo espontáneo y libre.

De su lado, el PSOE, personado como acusación popular en el caso, también se ha opuesto a que sea un jurado popular el que enjuicie a los cuatro acusados, ya que defiende que no eran funcionarios públicos en el momento de los hechos y "en estricta aplicación del principio de legalidad no pueden ser juzgados conforme a lo preceptuado en la Ley Orgánica del Jurado".

En su escrito, el letrado del PSOE, Ángel María Prados, pone de manifiesto que, "con independencia de que, a esta parte, le resulte objetivamente indiferente que el juicio se lleve a efecto con jurado o por el órgano técnico judicial competente", el principio de legalidad "se vulnera" cuando se atribuye a Ponce, Mellet y Pereira la condición de funcionarios públicos, "de la que carecen".

De otro lado, el PSOE se abstiene "expresamente" de formular alegaciones respecto de la presunta nulidad de la grabación del cohecho solicitada por los letrados de Mellet y Ponce, aunque "entendemos que, con independencia de que pudiera eventualmente declararse la nulidad, existe suficiente material probatorio para mantener con seriedad la pretensión punitiva contra Mellet y Ponce", citando entre este material la reunión previa del 16 de enero de 2009 entre Ponce, Pereira y el empresario Pedro Sánchez Cuerda "en la que ya se había solicitado, presuntamente de forma ilícita, la referida comisión".

EL PSOE PIDE DOS AÑOS DE CÁRCEL PARA PONCE Y MELLET

El PSOE solicita para Mellet y Ponce dos años de cárcel y 18.000 euros de multa por un delito de estafa cualificada en grado de tentativa, exculpando a los otros dos imputados.

La juez de Instrucción número 6, Mercedes Alaya, decretó la apertura de juicio oral por un delito de cohecho contra los cuatro acusados por el supuesto intento de cobro de una comisión ilegal, y acordó que la prueba de la grabación es "válida", ordenando que el caso fuera enjuiciado por un jurado.

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