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Punta Umbría

La Audiencia de Barcelona obliga a dos salones de bodas a pagar por la música

La Audiencia de Barcelona ha condenado a dos restaurantes de la provincia que organizan bodas y otras ceremonias a pagar por la música que suena en sus banquetes a dos asociaciones de artistas e intérpretes que los demandaron.

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La Audiencia de Barcelona ha condenado a dos restaurantes de la provincia que organizan bodas y otras ceremonias a pagar por la música que suena en sus banquetes a dos asociaciones de artistas e intérpretes que los demandaron.

En sendas sentencias, el tribunal reconoce que los salones Can Canyameres de Sentmenat (Barcelona) y Le Petit Chateau de Sant Boi (Barcelona) tienen la obligación de pagar por las canciones que suenan en sus banquetes.

La demanda fue presentada por la Asociación de Gestión de Derechos Intelectuales y Artistas e Intérpretes o Ejecutantes Sociedad de Gestión de España.

En su fallo referente a Le Petit Chateau de Sant Boi, la sección 15 de la Audiencia de Barcelona confirma una sentencia de un juzgado mercantil que condenaba al restaurante a pagar 11.523 euros a las asociaciones mencionadas por el uso de canciones en los banquetes celebrados entre 2002 y 2006.

En la otra sentencia, el Tribunal corrige un fallo de un juzgado mercantil que absolvía a Salones Can Canyameres del pago de las cuotas reclamadas por las asociaciones mencionadas.

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